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Última actualización el Miércoles, 01 de Agosto de 2012
 

Ceremonia de atestiguamiento de la autoridad certificadora del Poder Judicial del Estado de Guanajuato

Mediante el decreto 254 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 27 de diciembre de 2011, la Legislatura del Estado reformó el artículo 5º de la Ley sobre el Uso de Medios Electrónicos y Firma Electrónica para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, así como diversas disposiciones del Código de Procedimientos Civiles; reformas a través de las cuales se facultó al Poder Judicial para utilizar los medios electrónicos y firma electrónica certificada en algunas actuaciones judiciales, así como la incorporación de la Notificación Electrónica como medio de comunicación procesal hacia las partes.

Por ese motivo, el Poder Judicial del Estado de Guanajuato, comprometido con el desarrollo tecnológico e implementación de nuevos y mejores procesos para la administración de justicia, en concordancia con las reformas mencionadas, ha implementado una Infraestructura de Llave Pública (PKI) con la intención de dotar de certificados de firma electrónica a los titulares de los órganos jurisdiccionales o administrativos y demás servidores públicos que integran el Poder Judicial.

Así, el 12 de junio de 2012 se llevó a cabo la ceremonia de atestiguamiento de la Autoridad Certificadora del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, a la que acudió el Maestro Alfonso Ernesto Fragoso Gutiérrez en su calidad de Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, el Secretario General del Consejo, Magistrados, Consejeros y Jueces invitados, así como diversos abogados del foro y medios de comunicación.

Durante la ceremonia fueron activadas fehacientemente las claves de la Autoridad Certificadora del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, quedando de esta manera en aptitud de prestar los servicios de certificación relativos a la expedición, revocación y administración de certificados de firma electrónica en el ámbito de su competencia.

De este modo, se da inicio a una fase de modernización del Poder Judicial que permitirá el aprovechamiento de los medios electrónicos a través de la firma electrónica certificada para la realización de actos de comunicación procesal tales como notificaciones, citaciones, exhortos, despachos, oficios y certificaciones.

En ese sentido, debe recordarse que el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato establece la posibilidad de que las notificaciones personales en los juicios civiles se hagan por medios electrónicos y mediante mensajes de datos, cuando las partes o interesados hayan señalado como domicilio para oír notificaciones la “Dirección Electrónica del Sistema Informático del Poder Judicial”. Para tener acceso a este servicio es necesario que los interesados hagan el trámite establecido por el Consejo del Poder Judicial publicado en su página web.

De igual modo, conviene destacar que las reformas en materia de Notificación Electrónica señaladas en el párrafo precedente entran en vigor a partir del 1º de agosto de 2012 en los municipios de Celaya, Cortazar, Dolores Hidalgo, Guanajuato, Irapuato, León, Salamanca, San Francisco del Rincón, San Miguel de Allende y Silao; y posteriormente, el 1º de enero de 2013 en el resto del Estado.



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